Es falsa la versión de Carlos Álvarez acerca de que la Corte IDH indemnizó a Maritza Garrido Lecca

Carlos Álvarez afirmó que la Corte IDH indemnizó a Maritza Garrido Lecca, pero una revisión de todas las sentencias y una consulta directa al tribunal muestran que no existe ningún fallo, trámite o reparación a su favor. La CIDH tampoco ha emitido informe de fondo sobre una antigua petición.

Durante una entrevista televisiva, Carlos Álvarez, precandidato presidencial por el partido País Para Todos, se refirió a los fallos emitidos por la Corte Internacional de Derechos Humanos (Corte IDH) con relación al Estado peruano. Expresamente, dijo lo siguiente: «Una Corte [IDH] que indemnizó a Maritza Garrido Lecca».

Sin embargo, tras revisar todas las sentencias emitidas por la Corte IDH y enviar una consulta a esta entidad internacional sobre el tema, la red AmaLlulla concluye que esta versión es falsa. En realidad, no existe algún caso en que la Corte IDH haya fallado a favor de Maritza Garrido Lecca ni haya ordenado reparación o indemnización alguna a su nombre.

Vale indicar que Garrido Lecca purgó 25 años en prisión ―entre 1992 y 2017― por haber escondido, en la casa donde vivía, a los dos principales líderes del grupo terrorista Sendero Luminoso, Abimael Guzmán y Elena Iparraguirre, y por formar parte de su Departamento de Apoyo Organizativo (DAO), en la que tuvo como una de sus funciones el mantener en comunicación a Guzmán con el resto de dirigentes y responsables de la organización terrorista.

En principio, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) es un órgano judicial autónomo y supranacional al que el Perú está adscrito desde 1977, tras haber firmado  la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), también conocida como Pacto de San José, un tratado internacional que prevé el respeto de derechos y libertades en los Estados de América firmantes. Actualmente, esta Convención está ratificada en 23 países.

En ese marco, la Corte IDH está facultada de deteminar ―a través de sentencias― “si un Estado ha incurrido en responsabilidad internacional por la violación de alguno de los derechos consagrados en la Convención Americana”, según se indica en el documento ABC de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, publicado por la propia entidad en 2020.

“Cuando la Corte IDH emite una sentencia […] el Tribunal procede a ordenar una serie de medidas de reparación, que toman en cuenta tanto las necesidades de reparación de las víctimas del caso así como aquellos aspectos estructurales o normativos que provocaron la violación y requieren ser modificados por el Estado para evitar la repetición del mismo tipo de violaciones”, se lee en el portal web de la Corte.

El mismo portal web de la Corte registra todas las sentencias en las que se ha hallado responsabilidad internacional de los Estados adscritos. 

En cuanto al Perú, se evidencia que la Corte IDH emitió sentencias en 60 casos diferentes. Los casos más notorios fueron el caso La Cantuta, el caso Cayara, el caso Barrios Altos y el caso Habitantes de la Oroya. 

Contrario a lo señalado por Carlos Álvarez, ninguna de las sentencias emitidas por la Corte IDH está relacionada con la sentenciada por terrorismo Maritza Garrido Lecca.

Garrido Lecca tampoco figura en la sección de los casos en trámite de la Corte IDH registrados en el mismo portal. 

TRÁMITE. No existe registro en la Corte IDH de algún caso relacionado a Maritza Garrido Lecca. 

A una consulta de la red AmaLlulla para esta verificación,  la Corte IDH confirmó que no ha ordenado al Estado peruano indemnizar a Garrido Lecca. 

«La Corte Interamericana de Derechos Humanos no ha emitido ninguna sentencia respecto de la señora Maritza Garrido Lecca y, por tanto, no ha ordenado medidas de reparación o indemnización a su favor. Confirmamos que su nombre no figura como declarante, presunta víctima ni testigo en ninguna sentencia del Tribunal», indicó el organismo supranacional en un comunicado remitido por el Departamento de Prensa y Comunicaciones de la Corte IDH.

“De acuerdo con la información disponible, frente a la Corte IDH no existe ningún caso en trámite relacionado con la señora Garrido Lecca”, ratificó el comunicado. 

“No existe en la jurisprudencia de la Corte. La señora Maritza Garrido Lecca no aparece como beneficiaria de algún tipo de procedimiento ante la Corte Interamericana. Así que la información que ha dado el señor Álvarez está errada”, indicó, en la misma línea, Gloria Cano, directora de la Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH).

Cano explicó que los casos revisados por la Corte IDH primero deben ser admitidos por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), otro órgano creado por la CADH, que tiene entre sus funciones recibir las denuncias de personas u organizaciones que hayan sufrido violaciones a derechos humanos y, de cumplirse ciertos requisitos, trasladar dichas denuncias en un informe a la Corte.  

“En ese informe de fondo la Comisión tendría que señalar que hay responsabilidad del Estado peruano por algún tipo de violación a algún derecho de los que el peticionario haya sustentado. [Puede ser] un derecho a la libertad, a la salud, a la integridad personal”, explicó Cano. 

“Las personas que alegan ser víctimas de violaciones de derechos humanos pueden presentar peticiones ante la Comisión Interamericana, según el artículo 44 de la Convención, pero no directamente ante la Corte”, precisó el Departamento de Prensa y Comunicaciones de la Corte IDH.

De hecho, entre el 2006 y el 2024, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) registró 4048 peticiones recibidas de casos en el Perú, en los que se denunciaron presuntas violaciones a derechos humanos. De ese total, solo 46 casos fueron enviados a la Corte IDH. 

Ahora bien, es importante informar que el 23 de marzo de 2007, Garrido Lecca presentó de manera individual una petición ante la Comisión, en la que denunció supuestas violaciones a sus derechos humanos cometidas por el Estado peruano. 

Entre otros argumentos, Garrido Lecca alegó haber sido golpeada y manoseada durante su detención, el 12 de septiembre de 1992. Además, denunció un permanente maltrato durante su custodia, incluyendo un operativo en 2010, en el Penal de Mujeres de Chorrillos, en el que cerca de 200 agentes de la Dirección Nacional Contra el Terrorismo (DINCOTE) la sometieron a repetidas inspecciones vaginales, le incautaron libros y otras pertenencias íntimas. 

Si bien esta petición fue declarada admisible por la CIDH, en enero de 2015 ―como parte de un grupo de 59 peticiones―, hasta la fecha dicha instancia no ha publicado el informe de fondo del pedido, es decir, el informe en el que se determina si el Estado es responsable o no de violaciones a los derechos humanos en el caso analizado. Así lo confirmó Corina Leguizamón, coordinadora de la Sección de Prensa, Comunicación y Multimedia de la CIDH. 

En consecuencia, el caso no llegó a instancias de la Corte IDH y, por tanto, no existió sentencia y ninguna medida de reparación económica a favor de Maritza Garrido Lecca. 

“Efectivamente, no hay sentencia de la Corte IDH”, confirmó Corina Leguizamón. 

Con el fin de obtener precisiones, AmaLlulla intentó contactar a Carlos Álvarez a través de Raúl Dávila, su manager, quien indicó que compartiría la consulta con el precandidato y se evaluaría una aclaración. Sin embargo, al cierre de esta verificación no hubo respuesta. 

En función a lo expuesto, AmaLlulla concluye que es falsa la afirmación del precandidato presidencial Carlos Álvarez acerca de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos indemnizó a la sentenciada por terrorismo Maritza Garrido Lecca.

Este chequeo fue realizado por Pancarta.pe, con la herramienta de inteligencia artificial Quispe Chequea, de OjoPúblico.